Los vecinos del Club de Pesca se dirigieron al Concejo Deliberante.
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Hacen alusión a ruidos molestos y contaminación auditiva.
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En una nota dirigida al Concejo Deliberante, los vecinos señalan que “la referencia debería ser “Queremos volver a la época en que a los casamientos o cumpleaños se invitaba a familiares para compartir nuestra alegría y permitir el encuentro y diálogos familiares.- Eso hoy no es posible. Se los invita pero luego se los AGREDE con la música en altos decibeles que impiden cualquier intención de dialogar con nuestros familiares. Esa CONTAMINACIÓN AUDITIVA causa graves e irreversibles problemas auditivos que se manifestarán con el transcurso del tiempo afecta a todos los asistentes y en especial a los jóvenes. De hecho ha sido de comentarios de profesionales locales sobre este tema.
Este sábado próximo pasado, en casamiento que se llevaba a cabo en el Club de Pesca, la música tenía un volumen tal, que temblaban las ventanas y puertas de las casas linderas, de enfrente y a más de 50 mts. Vecinos que estaban a menos de 20 mts. sentían fuertes latidos en su corazón.-
Quienes suscribimos la presente entendemos que tanto la Ordenanza Municipal Nro. 2.686, en general como su art. 16 en particular, resultan insuficientes para abarcar y comprende toda la problemática referida a la proliferación de ruidos molestos, vibraciones y otras inmisiones que afectan la normal tolerancia de los vecinos. Ello así debido a los vacíos legales que se producen por falta de ajustar las normas a las nuevas realidades. En ese orden de ideas notamos una ausencia de legislación, y por ende de control, respecto a la prestación del servicio de música en locales públicos y también privados donde se desarrollan eventos familiares y sociales.
Por ello señores concejales, es que requerimos de ustedes y de los equipos técnicos capacitados e interesados para ayudar en el tema, a los efectos de proceder a ajustar la Ordenanza N° 2.686 y cc. y sus modificaciones. A tal fin, presentamos las siguientes proposiciones a modo de sugerencia y/o mejor entender:
1) Establecer por parte del departamento de Inspección, un registro de todos los propietarios, encargados, promotores y emisores responsables de la prestación del servicio de música, fija en locales o móviles, conteniendo el registro todos los datos correspondientes a su calidad ante los organismos nacionales, provinciales y municipales, estableciendo un responsable legal.
2) Inspección deberá en el termino de cinco días hábiles del momento de su registro, proceder a habilitar los equipos, cuyos volúmenes máximos no deberán exceder los decibeles legales y/o autorizados por el organismo municipal de aplicación y que permitan en locales cerrados, el dialogo entre los asistentes.

3) Los equipos, bafles o parlantes, los que deberán presentarse en gabinetes cerrados, deberán ser sellados con cinta habilitante que determine que el inscripto mantenga el equipo en las mismas condiciones que al momento de solicitar la habilitación y/o al momento de control periódico establecido por el Departamento de Inspección.- Que cualquier modificación de sonido deberá mantener la intención de mejorar la audición de la música, NO aumentar el volumen.- Bajar a los mínimos niveles los graves que constituyen que el sonido que se escapa fuera del local, nada tenga que ver con el tema musical, sino con ruidos molestos.
4) Establecer para quienes incumplan con reproducir música en nivel razonable y sensato, en la primera vez, un apercibimiento, en la segunda, una multa equivalente a dos sueldos de la categoría……. del trabajador municipal, suma que se duplicará al reincidente. La tercera sanción equivaldrá al retiro de la habilitación y prohibición de desempeño público o privado en su actividad.
5) Los aparatos de audio, parlantes, amplificadores y cualquier otro dispositivo técnico deberán estar instalados para funcionar exclusivamente dentro de los establecimientos públicos y privados y no podrán bajo ningún pretexto ubicarse en el exterior de los mismos.
6) Todo equipo de audio y accesorios que se utilice en la emisión de música y que no responda a las exigencias de la presente ordenanza deberá ser secuestrado por la autoridad de aplicación, sin perjuicio de la sanción que les correspondiera al o los titulares y/o responsables.
Señores concejales, sería nuestro deseo que esta nota o petición, fuera asumida por otros vecinos que también cercanos a locales donde se emite música que afecta la tranquilidad de la barriada aledaña, compartan nuestra petición y/o incorporen nuevas sugerencias.
Nos encontramos predispuestas a asistir a cualquier convocatoria pública que Uds. dispongan realizar para el tratamiento del tema en cuestión.-
Sin otro particular saludo a usted muy atentamente los abajo firmantes, VECINOS de calle ALBERDI entre Avellaneda y Mitre”

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