Siete años de prisión para Néstor Fabián Huth.
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Se ordenó su arresto por el delito de Homicidio en Grado de Tentativa.
Por otra parte fue detenido para cumplir condena Eduardo Jesús Cortez, por el delito de Homicidio Simple en perjuicio de Ramón “Indio” Quiroga, hecho ocurrido el 11 de septiembre del año 2001.
Deberá cumplir ocho años de prisión.
Ambos quedaron alojados en Coronel Suárez y Pigüé respectivamente.
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La Estación de Policía Comunal recibió sendas notificaciones de la Justicia sobre el cumplimiento efectivo de prisiones para dos ciudadanos de Coronel Suárez.
Deberá cumplir siete años de prisión Néstor Fabián Huth, de 46 años, quien fuera imputado con fecha 25 de abril del año 2006 del delito de Homicidio en Grado de Tentativa, Tenencia Ilegal de Arma de Fuego de Uso Civil Condicional y Abuso de Arma en Concurso Real en perjuicio de Victoria Soria.
La medida fue dispuesta por el Juez de Ejecución de Bahía Blanca, Dr. Claudio Alberto Brun, por lo que los efectivos policiales locales hicieron efectiva la detención de Huth el lunes pasado, siendo alojado provisoriamente en los calabozos de la Comisaría local.
Por otro lado, se procedió también en los últimos días a detener al ex Policía Eduardo Jesús Cortéz, de 43 años de edad, por disposición del Tribunal Criminal Nº 1 del Departamento Judicial Bahía Blanca, a cargo del Dr. Hugo Adrián de Rosa, por el delito de Homicidio Simple en un hecho ocurrido en Coronel Suárez el 11 de septiembre de 2001, por la muerte del “Indio” Quiroga sobre una plazoleta de la Avenida Sixto Rodríguez, frente al estadio de Deportivo Sarmiento, a la altura de la calle Italia.
El Tribunal de Casación calificó como Homicidio Simple y no culposo el hecho y la sanción se elevó de 3 a 8 años de prisión.
Eduardo Jesús Cortéz había sido condenado a una pena en suspenso por la confusa muerte de Ramón Quiroga, registrada en nuestra ciudad en septiembre del 2001, tendrá que ir preso al confirmarse el cambio de carátula y pena.
El cuerpo judicial platense entendió que el Cabo Cortéz había sido autor del homicidio simple (con dolo) de Ramón el “Indio” Quiroga y no de homicidio culposo por imprudencia o negligencia, tal como lo resolviera a fines de noviembre de 2002 el Tribunal en lo Criminal Nº 1 de Bahía Blanca.
En aquel fallo por mayoría de opiniones los Magistrados le habían impuesto a Cortéz tres años de prisión, aunque a partir de la modificación de Casación debió conformarse un nuevo tribunal que le impuso 8 años de cárcel, tal como en aquel entonces había reclamado el Fiscal Pedro Munguia.
El “Indio” Quiroga, quien contaba con antecedentes delictivos, recibió un tiro en la cabeza cuando a las 10 de la mañana del 11 de septiembre de 2001 se desplazaba en una moto por la Avenida Sixto Rodríguez y una comisión policial, que integraban el procesado y el Sargento Ayudante Eduardo Omar Cabrera, trató de interceptarlo, al parecer para establecer el origen del vehículo.
El “Indio” habría desoído el pedido de los Policías, lo que motivó una persecución por casi 25 cuadras, que terminó cuando Cortéz efectuó un disparo con su arma reglamentaria produciendo heridas mortales al motociclista.
En primera instancia, los Jueces Hugo Alberto de Rosa y Enrique José Montironi entendieron que no había existido dolo y calificaron al caso como Homicidio Culposo.
Consideraron sincera la declaración de Cortéz en cuanto a que su arma se disparó cuando tomó la pistola de la gaveta de la patrullera oficial, en medio de la carrera, y en el momento que accionaba la corredera el móvil dobló y frenó de manera imprevista, registrándose el disparo.
El perito corroboró su excusa, señaló que el disparo debió ser accidental, ya que habría que ser un experto tirador cuando el blanco por abatir está en movimiento.
En disidencia votó el Doctor Mario Lindor Burgos, para quien el Policía fue mendaz, debido a que no pudo ignorar que el resultado de su accionar podría ser letal.
“No pasaré por alto que… Quiroga había estado preso en dos oportunidades y que también lo vinculaban a un reciente hecho ocurrido en Coronel Suárez. Tampoco he de olvidar que la Policía había allanado su domicilio en tres oportunidades. Ahora bien, al momento de los allanamientos, el mismo ya detentaba la moto y nunca le habían requerido la documentación” detalló el Juez.
Su postura minoritaria, de Homicidio Simple con dolo eventual, fue la que finalmente fijó Casación, por lo cual se ordenó su detención en las últimas horas.

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