Nueva disposición municipal en referencia a la problemática de los supermercados en Coronel Suárez.
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El Intendente Municipal suspendió por el plazo de 180 días corridos la habilitación municipal de nuevos autoservicios y supermercados, entre los 150 m2 y 499 m2 y/o la ampliación de los existentes.
El decreto, que lleva la firma del Jefe Comunal, será elevado al Concejo Deliberante para su conocimiento.
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El Intendente Municipal Ricardo Moccero, después de una serie de reuniones con su Gabinete, Concejales de todos los bloques políticos del cuerpo y dirigentes de la Cámara de Comercio, suscribió el decreto que suspende por un lapso determinado las nuevas habilitaciones.
Expresa que: “Visto la necesidad de implementar un plan de desarrollo estratégico participativo, siendo necesario estudiar e incorporar un nuevo marco legal, dentro de las facultades y competencias municipales para la instalación de nuevos comercios de supermercados y autoservicios y considerando;
Que lo atinente a superficies comerciales de más de 500 m2 en nuestro partido de hasta 50.000 habitantes, (art. 2 inc. a Ley 12.573) se rigen por normativa de órbita provincial Ley 12.573 y su Decreto Reglamentario 2372/ 2001;
Que las superficies comerciales destinadas a comercios de autoservicios y supermercados menores a 500 m2 dentro del radio urbano de las localidades del distrito presentan una multiplicidad de inconvenientes al tránsito vehicular congestionado que presenta particularmente la ciudad cabecera del distrito en torno al funcionamiento de dichos locales comerciales (aumento en accidentes de tránsito, estacionamientos dobles, infracciones de tránsito, etc.);
Que corresponde realizar un nuevo estudio de la normativa municipal vigente para la instalación de este tipo de comercio en el distrito y, particularmente también en la ciudad cabecera, en cuanto a la aplicación del plan director para la ciudad de Coronel Suárez, Ord. 3029/95;
Que correspondería estudiar e implementar como obligación de aquellas habilitaciones futuras de locales comerciales de autoservicios y supermercados entre 150 m2 y 499 m2 la existencia obligatoria de playa de estacionamiento propia, del doble de los metros cuadrados de la superficie del salón de ventas, administración, sector de cajas y vidrieras, excluida la superficie de depósito;
Que existe una situación de urgencia en el tratamiento de la presente problemática y el Departamento Ejecutivo se reunió con los distintos presidentes de bloque a los efectos de acelerar y tratar la sanción de la correspondiente ordenanza que reglamente y fije un nuevo régimen legal de habilitaciones de supermercados y autoservicios entre los 150m2 y 499m2.
Que por ello el Departamento Ejecutivo entiende que se deben suspender las habilitaciones por un plazo de 180 días corridos a partir de la sanción del presente decreto;
Que corresponde, dada la situación de urgencia meritada y señalada, dictar el presente Decreto Ad Referéndum del Honorable Concejo Deliberante.
Por ello, el Intendente Municipal, en uso de sus atribuciones decreta:
Art. 1º: Suspéndase por el plazo de 180 días corridos la habilitación municipal de nuevos autoservicios y supermercados, entre los 150m2 y 499 m2 y/ o la ampliación de los existentes; conforme lo expuesto en los considerandos del presente. Dicho plazo se computará a partir de la sanción del presente decreto.
Art. 2º: Deróguese todo otro decreto y /o resolución municipal que se oponga al presente.
Art. 3º: Elévese al Honorable Concejo Deliberante el presente decreto.
Art. 4º: Comuníquese, cúmplase, regístrese y oportunamente archívese”.

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