Se aguarda por la condena de Mauro Schechtel.
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Los abogados de la familia de la niña reclamaron 40 años (por considerarlo reincidente) y el defensor oficial no cuestionó la autoría, aunque solicitó un máximo de 25 años de cárcel.
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La pena máxima contemplada por el Código Penal para el tipo de delitos atribuidos, de 35 años de prisión, reclamó ayer el fiscal Sebastián Foglia, contra Mauro Emilio Schechtel (30), acusado de violar y quemar a una niña de 10 años, que salvó milagrosamente su vida, en Coronel Dorrego.
Los abogados de la familia de la víctima exigieron 40 años de prisión porque --a diferencia del representante del ministerio público-- opinaron que el procesado es reincidente, en virtud de registrar una condena, de tres años de prisión, que le fuera impuesta en 2001, por tentativa de abuso en perjuicio de otra menor.
El defensor oficial, Germán Kiefl, varió radicalmente su postura inicial (al comienzo del juicio había adelantado que pediría la absolución) y no cuestionó la autoría ni la responsabilidad penal de su asistido, ante la evidencia irrefutable de las pruebas reunidas.
Sin embargo, rechazó la calificación de los hechos y el monto de pena solicitados por la acusación.
Esa fue la síntesis de la jornada de alegatos que cerró el debate, mientras que Schechtel fue conducido a la sala de audiencias al final de las exposiciones, para ser consultado respecto de si quería decir las últimas palabras antes del fallo, pero respondió negativamente.
Los jueces Hugo Adrián De Rosa, Mario Lindor Burgos y Enrique José Montironi, del Tribunal en lo Criminal Nº 1, dispusieron después pasar a un cuarto intermedio hasta el próximo martes, a las 12, cuando darán a conocer el veredicto y sentencia.
Como postal del final, quedó el abrazo, entre llantos, de los padres de la menor, quienes fueron retirados por una guardia policial, a fin de evitar contacto con la prensa y los comentarios de algunos asistentes del público que, ya en los pasillos, tildaron a Kiefl de "abogado del diablo".

"Sanción contundente"
Luego de considerar acreditado el cuerpo del delito, cometido durante la tarde del 18 de junio de 2008, el fiscal Sebastián Foglia sostuvo que mantendría la misma acusación desde que fue aprehendido el único sospechoso, diez horas después del salvaje ataque.
Afirmó que la prueba "es contundente y explicativa, casi con secuencia cinematográfica" y realizó una síntesis de los testigos que desfilaron por la sala de audiencias durante el lunes y el martes.
Hizo hincapié en los dichos del camionero Fabián Ullman, quien auxilió a la menor; de los policías que trabajaron en el caso, y de las docentes que esa tarde advirtieron el auto en la ruta 72, estimando que una de ellas (Adriana Toftum), "sería testigo del hecho sin haberse dado cuenta".
En el mismo marco, realizó un "merecido reconocimiento" a la labor de los investigadores policiales y los peritos que actuaron, indicando que no era necesario detenerse en la evaluación del análisis de ADN que comprometió indudablemente a Schechtel.
"No existe tacha alguna que se pueda hacer a las pericias", dijo.
Entendió que los dichos de Eduardo, padre de la niña, sirvieron para conocer la "extensión del daño" causado, no sólo a la pequeña, sino a su familia y a toda la comunidad dorreguense.
Consideró también "sumamente claros" los dichos del psiquiatra Gabriel Harrington y del licenciado en Psicología Jorge Rabadán, en cuanto a la imputabilidad y perversidad del detenido, quien comprendió la criminalidad de sus actos.
"Eligió a su víctima en base a su objeto sexual preferido", aclaró Foglia, para señalar que utilizó un ardid, como el accidente de tránsito, distinto al que había empleado en el hecho anterior.
Aquella vez (el 13 de julio de 2000, en Coronel Suárez), interceptó a una niña de 11 años, que salía de un colegio, también en bicicleta, y le ofreció regalarle una mascota, para luego introducirla en una camioneta y llevarla hasta un camino vecinal, con fines de abusar de ella.
La menor, mediante una tenaz resistencia, que le provocó escoriaciones, logró escapar y evitar el ultraje.
Agregó el fiscal que con el hecho de haber rociado a la niña con combustible para prenderle fuego, buscó ocultar la violación y asegurar su impunidad, y concluyó que el accionar delictivo debía ser encuadrado como abuso sexual con acceso carnal agravado en concurso real con homicidio calificado (criminis causa) en grado de tentativa.
Entre las agravantes, citó la extensión del daño generado en la salud psicofísica de la menor, la mayor vulnerabilidad de la víctima y su sexo femenino (por la menor posibilidad de defensa), el desinterés por la vida humana, la mayor agresividad evidenciada (brutalidad) y la condena anterior que, por el tiempo transcurrido desde que fuera dictada, según opinó, no posibilitaba declararlo reincidente.
Luego solicitó el máximo de la pena prevista para los delitos que consideró probados, de 35 años de cárcel.

40 años
La doctora Adriana Domizi, representante de la familia de la niña junto con su colega Fernando Dimatz, coincidió con el fiscal en casi toda su exposición, aunque reclamó una pena más dura, en medio de un alegato breve, pero muy emotivo.
Cuando destacó que la víctima logró sobrevivir porque "superó en valor" al imputado, a quien "el destino" le hizo "una jugada" distinta a la que había planeado, Domizi se quebró emocionalmente y su relato se tornó entrecortado.
Dijo que no se deben evaluar atenuantes, porque si Schechtel "tuviera un mínimo de arrepentimiento, estaría presenciando el debate"
Entre las agravantes del caso, más allá de la cuestión psicológica, hizo mención a que las heridas físicas le provocarán a la niña una "incapacidad laboral de por vida o, por lo menos, no va a poder elegir de qué trabajar".
En punto a la sanción, reclamó 40 años de cárcel para el detenido, al discrepar con el fiscal respecto de la sentencia anterior (de tres años de prisión, dictada por el Tribunal en lo Criminal Nº 3, en abril de 2001) y considerar que no se vencieron los plazos legales para declararlo reincidente.

"Schechtel quería ser atrapado"
A la luz de la contundencia de las pruebas --principalmente periciales--, el defensor oficial no cuestionó la autoría ni la responsabilidad penal de Mauro Schechtel, aunque pidió una atenuación de la calificación legal sobre uno de los delitos.
El doctor Germán Kiefl consideró que no se trató de un intento de homicidio calificado por criminis causa (tratar de matar para ocultar la violación), sino que fue sólo una tentativa de homicidio simple.
"¿Trató de ocultar o de demostrar?", se preguntó Kiefl, para responder enseguida que el acusado se mostró en Coronel Dorrego, con el Renault anaranjado, abusó de la niña en plena ruta, a la luz del día y después "se fue a su casa y no escondió nada".
"Schechtel quería ser atrapado. Su conducta y su personalidad lo marcan. No le importó ocultar, porque funciona así", dijo.
El defensor, además, rechazó la pena reclamada por la acusación, al sostener que, desde 2007, con la promulgación de la ley 26.200, se establecieron topes máximos de 25 años para delitos de lesa humanidad y este tipo de injustos no puede ser sancionado de una manera más grave que aquellos.
También cuestionó la agravante de extensión del daño causado, porque, según los propios especialistas del Hospital Garrahan (donde la niña recibió la mayor parte del tratamiento), aún no se puede evaluar ese extremo y tampoco se puede afirmar que la víctima va a quedar con una discapacidad permanente.
Por último, expresó que Schechtel no debe ser declarado reincidente y, como atenuante, pidió que se contemple el buen concepto del mismo, atento a la falta de informe en ese sentido.
En consecuencia, Kiefl indicó que los delitos deben ser encuadrados como abuso sexual con acceso carnal y tentativa de homicidio simple y pidió que la condena no supere los 25 años de cárcel.

Las tres condenas más duras hasta ahora
* 22/9/04: El Tribunal en lo Criminal Nº 2 le impuso 35 años de prisión a César Javier Bravo (la misma pena reclamada por el fiscal Eduardo d'Empaire), hallado culpable de violar a tres jóvenes en diciembre de 2002, en dos hechos aislados. Le fijaron 21 años de prisión por esos hechos, que unificaron con otra sentencia de 17, dictada en Córdoba, por delitos de la misma índole. Fue la máxima sanción que se dictó en el Departamento Judicial Bahía Blanca.
* 5/7/05: Juan Sebastián Migasso (26) fue sentenciado a 30 años de cárcel (la fiscal Olga Herro había pedido 37 y seis meses), como autor de doce asaltos a mano armada (entre octubre y diciembre de 2002) e distintos comercios, siete de los cuales terminaron con las víctimas abusadas sexualmente. El fallo fue del mismo tribunal que actúa en el caso Schechtel.
* 29/8/08: Luis Angel Funari (55), culpable de abusar de dos menores y de intentar raptar a otro, a los que engañó prometiéndoles regalarles conejos, en hechos cometidos entre abril y mayo de 2006, recibió 27 años de prisión (el fiscal Eugenio Casas había reclamado 35). La sentencia estuvo a cargo del Tribunal en lo Criminal Nº 2. Funari también tenía antecedentes por hechos similares en Rosario.
Tratamiento. Pese a los informes mentales, el fiscal Sebastián Foglia entendió que "se debe hacer el intento" de otorgarle a Mauro Schechtel un tratamiento psicológico permanente, para corregir su rasgo de personalidad perverso y darle a la sentencia un aspecto "resocializador". El defensor Germán Kiefl, sin embargo, se preguntó "¿para qué, si sólo se trata a un enfermo?".

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