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El Concejal Guillermo Sol plantea en el Concejo Deliberante el tema de la utilización que realiza el Departamento Ejecutivo de las facultades que establece la ley 11.757, Estatuto Para El Personal De Las Municipalidades.

El Concejal Sol señala que el ART. 14º de dicha ley establece derechos que tienen los agentes y atribución que ostenta el Departamento Ejecutivo en el inc. q) que dice “El Departamento Ejecutivo podrá instituir con carácter permanente o transitorio, general o sectorial, otras bonificaciones”.

Que el Departamento Ejecutivo a través de resoluciones dictadas al efecto, establece estas bonificaciones, las cuales en la mayoría de los casos son de carácter permanente y se transforman en una herramienta que desvirtúa los fines de equidad, transformándose en salarios en negro y que, en muchos casos, condicionan al beneficiado.
Que de los balances presentados no se puede establecer los montos totales utilizados con estos fines, jurisdicción, categoría y objeto del gasto, dado que los mismos están presentados con el desarrollo de partidas principales.
Por tal motivo solicita al Departamento Ejecutivo eleve al Honorable Cuerpo, copia de las cuentas de todas las Jurisdicciones y categorías programáticas, con el máximo desarrollo que permita observar en detalle la cuenta, Objeto del gasto: 113 “Retribuciones que no hacen al cargo” y que permita establecer los montos asignados y gastados, en dicha cuenta.

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