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Aclaración del Dr. Ricardo Denaro, Director del Hospital Municipal.
Sobre el traslado del cuerpo sin vida de una mujer indigente hacia Corrientes.

Luego de la trascendencia público que el tema tan sensible represento para la ciudad en las últimas horas, el Dr. Ricardo Denaro en su carácter de Director del Hospital Municipal de nuestra ciudad, fue consultado sobre el particular, reconociendo haber autorizado el viaje teniendo en cuenta las particularidades que tiene el tema y sus implicancias.
“Reconozco que concedí autorización para que la ambulancia del hospital traslade a la paciente fallecido como consecuencia de una situación especial, ya que la paciente había sido derivada a nuestro hospital para un mejor tratamiento a pedido de sus hijos residentes en nuestra ciudad, quienes estaban agradecidos por el tratamiento recibido, pero no obstante la mujer falleció como consecuencia de un cáncer terminal hepático, pero pude apreciar la enorme desesperación de sus hijos quienes no contaban con el dinero que se le pedía para un traslado funerario y pretendían que sea derivada a la ciudad de Corrientes”.
“Al ver semejante cuadro desesperante de la familia, me ocupe que el traslado no afectara el servicio del Hospital Municipal, que quedaran unidades disponibles frente a cualquier emergencia o necesidad, encontró un chofer predispuesto para hacer el traslado y hasta me puse a disposición para solventar cualquier gasto extra que el traslado pudiera ocasional, fue una actitud humanitaria, de la cual estoy dispuesto a dar explicaciones ante el Concejo Deliberante, ya lo hice ante la Secretaria de Salud y el propio Intendente, quien comprendió la situación de emergencia y una resolución que adopte luego de un día donde la guardia me insumió la atención de cerca de 32 pacientes y me encontró con una realidad que desbordo totalmente, pero no obstante y a pesar de las consecuencia, volvería a tomar la misma determinación, que no afectó los servicios del hospital Municipal” concluyó el Dr. Denaro quien dijo que es conocedor de la disposición legal correspondiente para aplicar un procedimiento de este tipo”.

 
 
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