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En el Senado bonaerense.
Presentan Ley de Ordenamiento de Bosques Nativos para la Provincia.

Buenos Aires es la única Provincia que no tiene esta legislación, de acuerdo a lo que prevé la Ley Nacional 26331 de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de los Bosques Nativos. Dicha Ley fue sancionada en diciembre de 2007 y estableció un año como plazo para dicho ordenamiento en cada provincia argentina.

El proyecto de Ley fue presentado por el Senador Radical Horacio López, que manifestó que “el hecho de que nuestra Provincia aún no tenga esta Ley frena aportes por más de setenta millones de pesos, correspondientes a pequeños y medianos productores forestales, lo que derivó en una crisis sectorial traducida en menor cantidad de plantaciones, pérdida de empleo en el sector y menor producción”.
Esta situación fue advertida por la Asociación Forestal Argentina (AFoA), cuando celebró el 21 de marzo el Día Forestal Mundial.
“Asimismo –agregó el legislador-, se impide a pequeños productores forestales cobrar los Aportes No Reintegrables (ANR) de promoción forestal de la Ley 25080 (prorrogada por Ley 26432), para plantaciones realizadas desde el año 2010, lo que ha provocado que cientos de pequeños productores forestales bonaerenses no reciban el reintegro que legalmente deberían recibir por las plantaciones realizadas en los últimos cinco años”.
“Esto trajo como primer resultado la drástica reducción de las plantaciones de pequeños productores (una caída del 60%), con derivaciones a futuro para el abastecimiento de la industria maderera. También ello se traduce en menos hectáreas forestadas, disminución de bosques protegidos, menos actividad y descenso en el nivel de empleo”, fundamentó López.
Objetivos de la Ley.
El proyecto presentado tiene por finalidad promover la conservación del bosque nativo y regular la expansión de la frontera agropecuaria, minera y urbana y de cualquier otro cambio del uso del suelo, con el objeto de protegerlo y conservarlo; implementar las medidas necesarias para evitar la disminución de su superficie; garantizar la conservación del mismo mediante aprovechamientos racionales y correctos; fomentar las actividades productivas en la forma regulada; e impulsar las actividades de extensión, investigación y docencia para la conservación, recuperación, enriquecimiento, restauración, protección, aprovechamiento sustentable y manejo sostenible.

 
 
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