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Se envió al Concejo Deliberante el proyecto de ordenanza de regulación general para la aplicación de fitosanitarios.

Gastón Lastra explicó que “la disposición regula distancias de aplicación de fitosanitarios, tanto terrestres como aéreas, y plantea una zona de resguardo en todo el casco urbano tanto de Coronel Suárez como en cada una de las poblaciones urbanas del Distrito”.

Desde hace varios meses la Municipalidad, a través de la Secretaría de la Producción, junto con organismos como el INTA, CREA, la Cámara de Comercio, la Sociedad Rural, el Ministerio de Asuntos Agrarios, el área de Medio Ambiente Municipal y el Concejo Deliberante, venían trabajando en la redacción de un proyecto de ordenanza que regulase la aplicación de agroquímicos en el ámbito del Distrito de Coronel Suárez.
Finalmente, luego de muchos análisis, debates y acuerdos, quedó redactado el articulado de la ordenanza respectiva, la que ahora está a consideración de los Concejales para su tratamiento y aprobación.
Consultado Gastón Lastra, Secretario de la Producción, indicó que “este trabajo está relacionado también con algunas capacitaciones que hemos tenido el año pasado. Pudimos elaborar un documento que regula la aplicación de fitosanitarios en Coronel Suárez. Este proyecto fue elevado en estos días al Concejo Deliberante. Tiene la particularidad, de que si bien se eleva desde el Ejecutivo, se ha desarrollado de manera abarcativa y participativa con las distintas entidades”.
Explicó que la disposición “regula distancias de aplicación de fitosanitarios, tanto terrestres como aéreas, y plantea una zona de resguardo en todo el casco urbano tanto de Coronel Suárez como en cada una de las poblaciones urbanas del Distrito. En esa zona, que es de 100 metros, no se puede aplicar agroquímico ni terrestre ni en forma aérea, y una zona de amortiguación, donde tenemos 500 metros, donde se permiten las aplicaciones terrestres solamente. Las aplicaciones aéreas a partir de los 2 mil metros. Esto bajo condiciones ambientales adecuadas y la receta agronómica correspondiente”.

 
 
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