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El Concejal del Frente Renovador Fabián González elaboró un proyecto para revocar la licencia a Ricardo Moccero.

Expresa en el proyecto de decreto, donde se pretende revocar la licencia otorgada oportunamente por el Cuerpo al Intendente Municipal Ricardo Moccero, a los fines de que asuma la responsabilidad política y el deber conferido por el voto popular, al haberse modificado las condiciones políticas a partir de consecuencias de su propia gestión de Gobierno y haberse transformado el contexto político en la ciudad, en el cual le fuera otorgada su licencia.
“A lo largo del año 2014 y 2015 este Cuerpo, así como la opinión pública de la ciudad, ha tomado conocimiento de numerosos hechos de presunta irregularidad administrativa, económica y financiera municipal ocurridos en el Gobierno Municipal durante la Gestión administrativa de Ricardo Moccero” según considera Fabián Gonzalez en un duro escrito solicitando la revocación de la licencia del actual Diputado Provincial.

Se ha conocido en las últimas horas el texto de un Proyecto de Decreto presentado por el Concejal Fabián González, del Frente Renovador, para revocar la licencia del Diputado Provincial Ricardo Alejo Moccero, del Frente para la Victoria, para que pueda explicar y dar justificaciones sobre irregularidades del Municipio de Coronel Suárez en su gestión como Intendente del Distrito.
Este pedido se trató en la sesión parlamentaria pero no se aprobó para que se trate en la sesión, igualmente Fabián González la ingresará para que se trate en la próxima sesión del Concejo Deliberante.
En los considerandos se señala que visto la licencia otorgada al Intendente Municipal en el mes de diciembre del año 2013, para poder asumir como Diputado Provincial, y considerando que el día 23 de diciembre el Intendente Ricardo Alejo Moccero ingresó al Concejo Deliberante el pedido de licencia por dos (2) años, solicitando a los Sres. Concejales que aprobaran la misma a los fines de asumir sus nuevas funciones como Diputado Provincial.
Luego se señala “que en diciembre de ese año el Concejo Deliberante procedió a la aprobación de la licencia al Intendente electo por el plazo de dos años, justificada, sin mayores fundamentos en el Art. 7º de LOM -Ley Orgánica de las Municipalidades – que establece que ‘Las funciones de Intendente y Diputado Provincial son incompatibles: 1. Con las de Gobernador, Vicegobernador, Ministros y Miembros de los Poderes Legislativo o Judicial, Nacionales o Provinciales…’, significando que éste no continúe su cargo como Intendente local en su mandato popular y quedando a cargo de la Intendencia Osvaldo Fuentes Lema”.
Que por lo expresado en el párrafo anterior y teniendo presente el Articulo 240 de la citada Ley Orgánica de las Municipalidades el acto mediante el cual se otorgó licencia es nulo e inmoral. Inmoral porque habilita el doble comando con el que actualmente se resiente la autoridad municipal y no se cumple con el mandato popular de ejercer el cargo para el cual fue electo. Y Nulo porque se vale del art. 63 inc.2 de la ley para el otorgamiento de la licencia por tiempo indefinido pero desconoce las incompatibilidades detalladas en el art. 7 de la ley, volviendo nulo el acto por aplicación del art. 240 siempre de la misma ley.
Que las condiciones políticas a partir de las cuales el Intendente electo solicitó la licencia por dos años se han modificado teniendo en cuenta que a lo largo del año 2014 y 2015 el Cuerpo, así como la opinión pública de la ciudad, ha tomado conocimiento de numerosos hechos de presunta irregularidad administrativa, económica y financiera municipal ocurridos en el Gobierno Municipal durante la Gestión administrativa de Ricardo Alejo Moccero.
Que de corroborarse estos hechos implicaría una gravedad inusitada en relación a la responsabilidad de funcionario que involucran al propio Intendente de la ciudad.
Que a partir del denominado “escándalo” de las Cooperativas de Trabajo, Irregularidades en Hogares Abrigo, Institución A.C.A.S. e inclusive el Coprodesu, y que todas esta situaciones tomaron estado público, sumarios administrativos denuncias por parte de Concejales .
Que en estos casos se constató información sobre la contratación en responsabilidad del personal de las cooperativas y habiéndose evitado con esto los procedimientos legales que establecen las normativas para contrataciones municipales.
Que no se produjo justificación de movimiento de dinero hacia las instituciones como ACAS y no pudiendo dar justificación ni participación del Cuerpo.
Que a ciertos casos el propio Intendente Interino reconoció en distintas declaraciones a medios de comunicación locales que lo sucedido en el Hogar Abrigo y en otras instituciones ya se venían generando en gestión de Ricardo Alejo Moccero.
Que se realizaron importantes movimientos de efectivo por parte de dinero ingresante desde Provincia hacia las cooperativas de trabajo y subsidios no justificados a instituciones relacionadas con el Municipio durante el ejercicio de la intendencia y administración del Señor Ricardo Alejo Moccero, existiendo inconvenientes en el ejercicio económico financiero 2014 conocidos posteriormente al otorgamiento de su licencia.
Y habiéndose presentado diversos pedidos de informes desde distintos bloques del Concejo y a las cuales nunca fue respondida.
Que, podemos concluir, que luego de que Moccero asumiera su función como Diputado Provincial se dieron a saber públicamente una serie de irregularidades formales y administrativas.
Que la gravedad de los hechos conllevaron: la presentación de basta cantidad de proyectos solicitando informes al Departamento Ejecutivo la presentación de Concejales en el ámbito de la justicia penal y otra presentación de un Concejal como denunciante ante el Tribunal de Cuentas solicitando “un Juicio de Responsabilidad y de Cuentas con los cargos que pudieran corresponder a los funcionarios jerárquicos responsables por las irregularidades detectadas, falta de rendición de cuentas, incumplimiento de las normas contables y administrativas, etc.”.
Que de lo anterior se desprende la gravedad institucional acontecida, que asumió ribetes inusitados y demuestran acabadamente la modificación de las condiciones políticas en las cuales le fue otorgada su licencia al Sr. Ricardo Alejo Moccero.
Que en la Rendición de Cuentas Municipal correspondiente al ejercicio 2014, elevada al Departamento Deliberativo, no se observó en detalle el desglose de partidas presupuestarias de determinados fondos y subsidios,
Que en repetidas oportunidades se ha solicitado desde el Cuerpo información respecto a los manejos y administración de las cuentas municipales en referencia a los ejercicios 2013 y 2014 y que, resulta sumamente dificultoso acceder a la información requerida puesto que los pedidos de informe a través de Minutas de Comunicación no son respondidos por el Departamento Ejecutivo ni sus dependencias.
Que en estas circunstancias de excepción es tarea del Cuerpo deliberar y asumir su potestad de contralor en relación a este hecho, cuando se han visto claramente modificadas las condiciones en que fuera aprobada y concedida por el propio Cuerpo la licencia del Intendente electo, a partir de las numerosas razones expuestas.
Que a pesar de estos acontecimientos no se ha conseguido una respuesta por parte del Intendente Municipal en uso de licencia, y que el funcionario provincial no se ha referido a los acontecimientos ni siquiera públicamente, restando importancia a los hechos que causaron conmoción en la sociedad Suarense.
Que Ricardo Alejo Moccero aceptó el cargo de Diputado Provincial de la Provincia de Buenos Aires en detrimento de su cargo electo de Intendente Municipal, por el cual nunca continuó con su mandato legítimamente conferido.
Que la Ley Orgánica de las Municipales también establece en su artículo 241°: “…el principio de responsabilidad de los funcionarios municipales por todo acto que autoricen, ejecuten o dejen de ejecutar excediéndose en el uso de sus facultades o infringiendo los deberes que les conciernen en razón de sus cargos. Con arreglo al mismo, todo funcionario o empleado que desempeñe mandato conferido políticamente o cumpla funciones administrativas estará obligado a resarcir a la Comuna o a terceros los daños y perjuicios emergentes de sus actos personales”.
Que el Poder Legislativo es uno de los órganos de la democracia por excelencia y que en él están representadas las fuerzas políticas que la ciudadanía ha votado y por ello el Concejo Deliberante, poder deliberativo del Estado Municipal, debe expresar las diversas concepciones sobre las funciones del Estado y las políticas que cada cual promueve para la ciudad, por lo que es facultad y responsabilidad de éste expedirse sobre temas políticos que refieren al quehacer de la ciudad.
Que la Constitución Nacional establece la forma de gobierno a través de la representación de los funcionarios electos y la LOM asigna al Concejo Deliberante funciones institucionales básicas, tales como legislar a través de ordenanzas municipales de alcance general y la tarea de controlar al Poder Ejecutivo.
Que por lo antedicho se solicita la revocación de la licencia conferida para el cargo de Intendente Municipal al Sr. Ricardo Alejo Moccero, a los fines de asumir sus responsabilidades de funcionario local en el Poder Ejecutivo municipal, en torno a las presuntas irregularidades que involucran su gestión de cara a la sociedad y frente a todos los ciudadanos del Partido de Coronel Suárez.
Por lo tanto el proyecto en su parte resolutiva señala en su articulo primero “revocar la licencia otorgada oportunamente por este Cuerpo al Sr. Intendente Municipal, Ricardo Alejo Moccero, a los fines de que asuma la responsabilidad política y el deber conferido por el voto popular, al haberse modificado las condiciones políticas a partir de consecuencias de su propia gestión de Gobierno y haberse transformado el contexto político en la ciudad, en el cual le fuera otorgada su licencia por este Cuerpo”.
Articulo Segundo “Responsabilizar al Sr. Moccero de todos los actos municipales ocurridos en su ausencia, puesto que según se manifestó en los considerandos la licencia al cargo ES NULA”.
En el articulo tercero se solicita notificar en forma urgente al TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, a la HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES y a todo organismo provincial que pudiere tener competencia sobre los acontecimientos mientras que se peticiona además a la SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES se pronuncie sobre la correcta interpretación que se le debe dar a la LEY ORGÁNICA DE LAS MUNICIPALIDADES.

 
 
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