Servicio Meteorológico Nacional - Coronel Suárez.
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Como se pide.

“La única verdad es la realidad” (Juan D. Perón).
Por los trabajadores de los Talleres IAM SRL y FCA SRL del Pueblo Santa María.

A la comunidad de Cnel. Súarez
Los trabajadores de los Talleres IAM SRL y FCA SRL, del Pueblo Santa María de Cnel. Suárez, ante la aparición de una publicación firmada supuestamente por seis ex trabajadores de las mismas, queremos aclarar a la opinión pública, la verdad absoluta de lo que sucede en ambas empresas:
Los talleres IAM SRL y FCA SRL le adeudan a la totalidad del personal la segunda quincena de mes de Junio, la primera del mes de Julio y el Saldo Anual Complementario, y pese a los reiterados reclamos efectuados al Gerente de ambas firmas, Guillermo Videla, hasta el día de la fecha no se abonó ninguno de los salarios a sus trabajadores. Esto originó que ante la ausencia de respuesta al reclamo, la mayoría del personal decidió ocupar las instalaciones de los talleres que funcionan en la sede parroquial de la Iglesia del Pueblo Santa María. La ocupación tiene como principal objetivo resguardar el crédito salarial, la fuente de empleo y el posible traslado de las maquinarias a la Localidad de Cnel. Príngles, donde conforme a lo publicado por medios de esa ciudad, los responsables de los talleres IAM SRL y FCA SRL, Sres. Videla y Torres, pensaban localizar los mismos. Esta información fue manifestada por un integrante del Poder Ejecutivo de Cnel. Príngles a los medios de esa ciudad. Queda claro entonces, que nos hayamos ante un conflicto de carácter gremial por no pago de salarios y posible vaciamiento empresarial, no tratándose de problema financiero alguno. Jamás los trabajadores le reclamamos al Municipio que se haga responsable de l pago de los salarios adeudados por ambos talleres, si no que el Jefe Comunal quien les dijo a los trabajadores y trabajadoras que abandonaran la ocupación y que él vería de qué forma podría encontrarles ocupación alternativa en algún otro taller, solicitándonos que desistíeramos de nuestros reclamos, del cobro legítimo de los salarios de nuestras quincenas y de nuestro aguinaldo. Es decir, pretendió que regaláramos el esfuerzo de nuestro trabajo, a favor de un irresponsable que se quedó con el dinero que es nuestro.
No hay en toda la decisión del personal, como así tampoco de la compañera Mariela Holzmann, representante de UTICRA en esta Ciudad, ningún hecho de carácter político alguno. Simplemente ha estado permanentemente acompañando a los trabajadores, junto a nuestro legítimo reclamo, en una valiosa gestión que agradecemos.
En cuanto a la decisión de la organización sindical UTICRA de otorgarnos $ 5.000 ( cinco mil) a cada trabajador, hemos sido los compañeros que llevamos adelante la defensa de nuestros legítimos derechos, que en Asamblea resolvimos que dicha ayuda no debía ser otorgada a quienes renunciaron a ambos talleres, abandonando los legítimos derechos de percibir los salarios adeudados.
Asimismo, queremos aclarar que es legítimo el reclamo que la organización sindical, en la figura de nuestra delegada Mariela Holzmann, efectuó ante la sede del Ministerio de Trabajo, ya que las empresas Vulcabras y Reebok son solidariamente responsables por los hechos de la relación laboral, de las deudas de los talleres que realizan trabajos para ambas empresas y de los productos que ambas firmas comercializan, para con sus trabajadores y todo lo inherente a la relación laboral de los trabajadores de los talleres.
Para aclarar el desconocimiento, transcribimos textualmente lo que abriga el Art. 30 de la Ley de Contrato de Trabajo:
“Art. 30- Subcontratación y delegación. Solidaridad.
Quienes cedan total o parcialmente a otros el establecimiento o explotación habilitado a su nombre, o contraten o subcontraten, cualquiera sea el acto que le dé origen, trabajos o servicios correspondientes a la actividad normal y específica propia del establecimiento, dentro o fuera de su ámbito, deberán exigir a sus contratistas o subcontratistas el adecuado cumplimiento de las normas relativas al trabajo y los organismos de seguridad social.
Los cedentes, contratistas o subcontratistas deberán exigir además a sus cesionarios o subcontratistas el número del Código Único de Identificación Laboral de cada uno de los trabajadores que prestan servicios y la constancia de pago de las remuneraciones, copia firmada de los comprobantes de pago mensuales al sistema de la seguridad social, una cuenta corriente bancaria de la cual sea titular y una cobertura por riesgos del trabajo. Esta responsabilidad del principal de ejercer el control sobre el cumplimiento de las obligaciones que tienen los cesionarios o subcontratistas respecto de cada uno de los trabajadores que presten servicios, no podrá delegarse en terceros y deberá ser exhibido cada uno de los comprobantes y constancias a pedido del trabajador y/o de autoridad administrativa. El incumplimiento de alguno de los requisitos harán responsable solidariamente al principal por las obligaciones de los cesionarios, contratistas o subcontratistas respecto del personal que ocuparen en la prestación de dichos trabajos o servicios y que fueran emergentes de La relación laboral incluyendo su extinción y de las obligaciones de la seguridad social. Las disposiciones insertas en este artículo resultan aplicables al régimen de solidaridad específico previsto en el artículo 32 de la Ley 22.250. ( Párrafo incorporado por Art. 17 de la Ley Nº 25.013 B.O. 17/11/2000)”
Por otra parte, obran en la Secretaría de Trabajo de Cnel. Suárez, constancias de que las empresas ALPARGATAS S.A Y GRIMOLDI S.A, en actuaciones que a ambas les tocó intervenir. La primera ( ALPARGATAS S.A) pagó las indemnizaciones ante el cierre de un taller, que elaboraba trabajos de aparado para ella, y GRIMOLDI S.A, la diferencias de salarios por incorrecta categorización del Convenio Colectivo a los trabajadores del taller que trabajaba para esta empresa.
Todo lo expuesto marca claramente que no se trata de un conflicto de carácter político, sino de una auténtica lucha de los trabajadores de ambos talleres para que cumplan con lo que legítimamente corresponde.
Finalmente, también queremos dejar explicitado que nos sorprende las manifestaciones que acusan que con nuestra actitud se pondría en peligro los 2.700 puestos de trabajo de la empresa VULCABRAS, cuando hasta hace muy poco tiempo, la misma ocupaba 4.000 trabajadores y nada dijeron cuando resolvió despedir a 1.300 empleados.
Queremos agradecer el apoyo que nos ha brindado la CGT de Cnel. Suárez y todos los gremios que la integran, como así también a toda la comunidad Suarense que se ha solidarizado con estos justos reclamos.

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