Servicio Meteorológico Nacional - Coronel Suárez.
Imprimir - Atrás

Se informó en la ciudad sobre el nuevo programa de regularización de empleados de casas particulares.

Dos capacitadoras en una charla pública brindaron precisiones sobre la nueva ley.

Con la presencia de las capacitadora Rosana Cabrera y Magdalena Zurita se presentó en Coronel Suárez el programa “Empecemos por casa”, del Ministerio de Trabajo de la Provincia, que esta basado en la ley 26844 que establece el régimen de contrato de trabajo para el personal de casas particulares.
Las dos funcionarias brindaron una disertación ante dirigentes pertenecientes a diversos sindicatos de trabajadores, personal del área contable de la Municipalidad, algunos contadores y otros profesionales que se acercaron para conocer la forma de aplicación de esta nueva ley.
Antes de la charla pública, las dos capacitadoras hablaron con los medios de prensa de la ciudad.
Indicaron que este régimen está pensado para trabajadores de casas particulares y que no presente para el empleador algún lucro (por ejemplo oficinas, consultorios, etc., ya que en estos casos se rige por otro sistema bajo la Ley Contrato de Trabajo).
Comprende la prestación de servicio o ejecución de tareas de limpieza, de mantenimiento u otras actividades típicas del hogar; asistencia a personal y acompañamiento presentados a los miembros de la familia o a quienes convivan en el mismo domicilio con el empleador; o cuidado no terapéutico de personas enfermas o con discapacidad.
Por supuesto que la edad para quedar comprendido dentro de este régimen exige que sea de 16 años o más, ya que los menores de 16 años no podrán ser contratados como empleados de casas particulares.
Una particularidad que tiene este sistema es que no importa la cantidad de horas que trabajen, no se habla más de trabajadores autónomos, son trabajadores en relación de dependencia.
Los derechos a los que pasan a tener lugar es que la jornada de trabajo pasa a tener un máximo de 8 horas o 48 horas semanales, con un descanso semanal de 35 horas corridas a partir del sábado a las 13 horas; las ropas de trabajo deben ser provistas por el empleador y la alimentación según corresponda.
En cuanto al seguro de riesgo de trabajo se está por reglamentar. Debe haber una pausa no inferior a 12 horas entre el cese de una jornada y el comienzo de la otra. Corresponde Asignación por embarazo, Asignación Universal por Hijo siempre que la remuneración recibida sea menor al salario mínimo, vital y móvil; Asignación por maternidad y licencias pagas por vacaciones, por nacimiento de hijo, por accidente o enfermedad, por matrimonio, por fallecimiento del cónyuge o conviviente y para rendir examen de la enseñanza en cualquiera de sus niveles.

- - La Nueva Radio Suárez - - 101.3 Mhz. - - LRM 818 - 02926-430005 - -