Servicio Meteorológico Nacional - Coronel Suárez.
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La nueva legislación para el servicio doméstico.

A partir de ahora es un delito penal el trabajo de menores de 16 años.
Entrevista con el Dr. Rodolfo Frers, titular de la Delegación Regional del Ministerio de Trabajo.

La Nueva Radio Suárez habló con el Delegado Regional del Ministerio de Trabajo de la Provincia para conocer algunos detalles y particularidades de la nueva reglamentación que protege al servicio doméstico.
Informó que “acaba de ser promulgada la nueva ley en la que se establece el nuevo régimen para trabajadores de casas particulares, el que se asimila mucho a cualquier otra actividad, regulado por la Ley Contrato de Trabajo. Hay que recordar que el régimen anterior era muy precario, venía del año 1956, sin que nunca se haya modificado”.
Indicó que “entre otras cosas tener familia por parte de una empleado del servicio doméstico en casa particular parecía que era una enfermedad. Esta nueva legislación ha establecido la licencia por maternidad de 3 meses, 45 días anteriores al parto y otros 45 días posteriores”.
Con respecto al descanso anual informó que “se equipará a cualquier otra actividad, de acuerdo a la antigüedad. También se establece un paralelo en cuanto al despido sin causa, con indemnización igual a otros regímenes laborales. Es decir, se dan una serie de derechos y protección que es muy importante”.
“Y lo que es muy significativo es que en la legislación anterior tenían que darse tres condiciones: 4 días a la semana, un mínimo de 4 horas de trabajo y no menos de un mes de trabajo para quedar comprendido dentro del estatuto. Ahora, en la actualidad, no importan la cantidad de días u horas que trabajen que ya quedan dentro del régimen estatutario”.
Por otra parte el Dr. Rodolfo Frers comentó que “hay una nueva ley que establece como delito, no como infracción, como era hasta ahora, la contratación para el trabajo de menores de 16 años”, buscando esta medida erradicar el trabajo infantil.

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