Servicio Meteorológico Nacional - Coronel Suárez.
   
Aclarando conceptos y reglamentaciones.

El Consejo Escolar está autorizado a producir cambios de personal auxiliar de la educación.

La Presidenta del Consejo Escolar de Coronel Suárez, Susana Previsdomini, aclaró algunas cuestiones en carácter de reclamo o denuncia que había planteado la semana pasada la representante local del gremio UPCN, relativo a movimiento de porteros que se han producido en los últimos tiempos.
Manifestó que “no tenemos afinidad con ninguno de los gremios, tanto SOEME como UPCN son parte integrante de esta Comisión Distrital que se conformó para tratar asuntos referidos a los auxiliares en servicio. Pero sucede que cuando de parte de alguno de los gremios se puede observar que hay una cierta resistencia a producir cambios, como para superar esta situación de emergencia, porque durante todo el año no ha habido un solo cargo nombrado, deja de tener sentido el trabajo en la Comisión. Entonces el Consejo Escolar tiene que apelar al artículo 21 de la ley 1430, para reorganizar los servicios educativos y así poder hacer los movimientos que creemos necesarios” dijo Previsdomini.
Luego, la Presidenta del Consejo Escolar ratificó que “tenemos que pensar que los servicios tienen que seguir siendo atendidos, por lo que nos vemos en la obligación de realizar movimientos de personal auxiliar de la educación entre una u otra escuela. También hemos producido algunos cambios apelando a la lógica y atendiendo siempre a la unidad familiar. Esto es lo que se aplicó en el caso de una portera que vive en San José y que trabajaba en Santa Trinidad con una docente que vive en Santa Trinidad pero trabajaba en San José. El cambio en este caso se produjo porque una de las porteras tenía una situación especial, razonable, atendible. Hicimos las cosas como corresponde, en el marco de la ley, informando incluso a los organismos superiores la medida que estábamos tomando”.
El artículo 20 de la ley respectiva establece que la estabilidad laboral de los auxiliares de la educación está dada por la preservación del empleo y del nivel escalafonario.
Mientras que el artículo 21 establece que cuando existen necesidades propias del servicio, justificadas por reorganización, podrá procederse al traslado del agente, donde no se afecte el principio de unidad familiar.
Susana Previsdomini destacó que “estamos atravesando una situación de emergencia, en todo el año no se ha logrado ni aquí ni en ningún otro Distrito un solo cargo de portero, cocinero o ayudante de cocina debido a la cuestión económica, a pesar de la jubilación de 4 personas que trabajan en estas áreas en las escuelas del Distrito, y para antes de fin de año se producirán otros retiros más, lo que seguirá complicando la situación” anticipó la Consejera Escolar.

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