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Se llevó a cabo una sesión extraordinaria del Concejo Deliberante para convalidar el Decreto de Emergencia subscripto por la Municipalidad de Coronel Suárez.

Idéntica determinación se registró en los Distritos vecinos de común acuerdo entre los Intendentes Municipales.
Sesionó previamente un Comité de Crisis integrado por Fuerzas Vivas de la comunidad.

Alrededor de las 13:00 horas de ayer, tuvo lugar una sesión extraordinaria del Concejo Deliberante, convocado de urgencia para transformar en ordenanza el Decreto establecido por el Intendente Municipal.
La medida ordena “el cierre y cese de actividades por el plazo de siete días a partir de las 17:00 horas de ayer, por considerarlo lugares de alto riesgo a los locales de esparcimiento nocturno (boliches bailables y bailantas), a pubs, confiterías, bares, buffet de clubes y cybers; y disponer la prohibición de efectuar espectáculos públicos. Asimismo se recomienda la suspensión de actividades en restaurantes, parrillas y pizzerías, como así también en lugares cerrados con baja circulación de aire y permanencia de personas”.
El artículo segundo de la medida “dispone la clausura de los establecimientos privados comprendidos en el artículo 1ero que incumplan el presente, siendo pasible de las sanciones que prevé el código penal y la revocación de la habilitación departamental para el control y cumplimiento de lo dispuesto”.
El compromiso de las autoridades policiales y del Departamento de Inspección ante las autoridades municipales fue darle amplia difusión a esta medida, como así también hacer comunicación personal a los propietarios de todos los locales comprendidos en la presente medida.
La norma sancionada por unanimidad por el Concejo Deliberante, conforme los parámetros analizados por el Comité de Crisis y las instrucciones surgidas del Intendente Municipal Ricardo Móccero y el Secretario de Salud Doctor Rogelio Urízar, señalan textualmente lo siguiente:

Visto la emergencia sanitaria provincial y distrital y la recomendación formulada por el responsable del Área de Salud del Distrito de Coronel Suárez, relativa al tratamiento del tema: Patologías Respiratorias de fácil contagio que afecta al Partido de Coronel Suárez, en especial la probable existencia del Virus Influenza, y-
CONSIDERANDO:
Que el Virus de la influenza H1N1 se ha considerado pandémico a nivel mundial y que su transmisibilidad y circulación es progresiva en base al número de casos sospechosos y confirmados;
Que la emergencia mundial y nacional indica la necesidad de reforzar la red de vigilancia epidemiológica en todo el sistema de salud público o privado en el territorio;
Que con el objeto de disminuir el contagio y proteger la salud de la población, intentando de esta manera cortar el circuito de transmisión humano-humano, corresponde adoptar medidas preventivas, entre las que cabe mencionarse aquellas que tienden evitar la aglomeración de personas;
Que en función de lo expuesto, el Intendente Municipal del Partido, en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica Municipal y la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, Art. 192 inciso 4).

D E C R E T A

ART. 1º: Ordenar el cierre y cese de actividades por el plazo de siete días a partir de las 17: 00 horas del día 03 de Julio del corriente año por considerarlos lugares de alto riesgo a los locales de esparcimiento nocturno (boliches bailables y bailantas), a pubs, confiterías, bares, buffet de clubes y cybers y disponer la prohibición de efectuar espectáculos públicos; asimismo recomendar la suspensión de las actividades en restaurantes, parrillas y pizzerías, como así también en lugares cerrados con baja circulación de aire y permanencia de personas, incluyendo Misas y celebraciones religiosas d diferentes credos.
ART. 2º: Disponer la clausura de los establecimientos privados comprendidos en el artículo 1º que incumplan el presente, siendo pasible de las sanciones que prevé el código penal y la revocación de la habilitación municipal correspondiente, solicitando la colaboración de la Policía Comunal y Departamental para el control y cumplimiento de lo dispuesto.-
ART. 3º: Dése amplia publicidad en los medios masivos de comunicación locales.-
ART. 4º: Cúmplase, Comuníquese, regístrese y archívese.-

DECRETO Nº 615.

Previamente, en el Despacho Mayor de la Municipalidad, con la presencia de la Secretaria Privada Municipal Doctora Mariana Grunewald, el Secretario de Gobierno Ernesto Moccero, el Secretario de Salud Doctor Rogelio Urizar, el Presidente del Concejo Deliberante Doctor Daniel Muschong, representante de cada uno de los bloques políticos del Concejo Deliberante, el Jefe de la Policía Comunal Capital Rubén Fernández, y representantes de otras instituciones de la comunidad, se llevó a cabo una reunión del Comité de Crisis.
Tras analizar los alcances del Decreto de Emergencia, que mas tarde fue sancionado por el Concejo Deliberante, se unificaron criterios frente a la situación sanitaria del Distrito de Coronel Suárez.

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