Los tres acusados de ejecutar los homicidios de María Victoria Chiaradía y Héctor Horacio Iglesia Braun serán juzgados entre el 4 y el 30 de noviembre próximos, en el Palacio de Justicia local, según se resolvió ayer.
De esta manera, el Tribunal en lo Criminal Nº 3 confirmó el adelanto de este diario en cuanto a que el debate, por el resonante caso, se iba a desarrollar antes de fin de año.
Los jueces Raúl Guillermo López Camelo, Alejandro Salvador Cantaro y Mario Lindor Burgos, quienes integran especialmente dicho cuerpo judicial, también sentaron posición sobre otras cuestiones planteadas durante la audiencia preliminar al debate, que tuvo lugar el lunes 13 de este mes.
El juicio contra Gustavo Javier Ravainera, Gustavo Enrique Aguilar y Héctor Hugo Fernández, según el informe difundido en la víspera, tendrá una duración de 19 días hábiles. Se iniciará el miércoles 4 de noviembre, a las 9.30 y continuará los días 5, 6, 9, 10, 11, 12, 13, 16, 17, 18, 19, 20, 23, 24, 25, 26, 27 y 30 del mismo mes.
Entre los distintos aspectos tratados, los magistrados rechazaron el pedido del abogado Luis María De Mira (asistente legal de Fernández) para incorporar la causa 106.286, que tramita el fiscal Christian Long, así como testigos de la misma, que pondrían en controversia los dichos de un testigo de identidad reservada de la causa del doble homicidio registrado en agosto de 2000 en Coronel Suárez.
"Resulta improcedente la pretensión defensista pues todo lo atinente a los hechos que conforman el ilícito objeto de esta causa debió ventilarse en ésta", indicó el tribunal.
A su vez, se explicó que la intención de De Mira "no puede tener acogida favorable" desde que no se individualizaron "las piezas (de la causa que maneja Long) que específicamente le interesan".
Aquella requisitoria de De Mira había causado un fuerte contrapunto entre el abogado y el fiscal Eduardo d'Empaire durante la audiencia previa, ya que este último opinó que el defensor de Fernández, sin ser parte de aquel sumario, "manipuló" e introdujo prueba para utilizarla en éste.
Goyeneche y Corona.
Tampoco se le permitieron a De Mira incorporar las declaraciones, como testigos, de Martín Goyeneche y Juan Antonio Corona, condenados a diez años de prisión en una causa conexa al doble crimen de la pareja de novios bahiense, registrado en agosto de 2000 en Coronel Suárez.
"El desdoblamiento que se hiciera respecto de las distintas intervenciones torna improcedente la pretensión de que declaren como testigos en la presente quienes fueron sindicados como instigadores de este hecho (el robo del vehículo ocupado por los novios), por vulnerar expresas garantías constitucionales", se aclaró.
En cambio sí se le admitió al abogado de Fernández la incorporación de nueva prueba testimonial en el juicio, en las personas de Carlos Nasif, Víctor Lagos, José María Sánchez, Aníbal Calcagny, Carlos Danunzio, Solís Hernández, Alberto Méndez, Néstor Radicce, Alberto Roassio, Maximiliano Juárez, Raquel Meniña, Eduardo Díaz Monroe.
De la causa Vittadini.
El tribunal actuante, por otro lado, permitió una solicitud del doctor Héctor Bertoncello, representante de los particulares damnificados, para incorporar un testimonio dado en el marco de la causa por el homicidio del ex recluso Néstor Vittadini (registrado el 4 de enero de 2001), quien supuestamente "sabía algo" acerca de los autores de las muertes a tiros de María Victoria y Horacio.
Se trata de Juan Carlos Vittadini, "de cuyo valor testifical ignoraba al momento del ofrecimiento probatorio", dijeron los jueces.
Las defensas se opusieron al planteo, tras considerarlo extemporáneo, aunque los jueces lo aceptaron.
"La deposición del testigo en el curso del juicio oral en donde está previsto el comparendo de más de 100 personas no afecta en modo alguno el trámite ni entorpece el debido proceso con retrasos injustificados. No se trata más que el mismo criterio sostenido para admitir en párrafos precedentes la prueba testimonial ofrecida por la defensa del imputado Fernández", explicaron.
En tanto, no se hizo lugar a la petición de nulidad de los reconocimientos fotográficos formulada por los abogados Sebastián y Juan José Martínez, defensores de Aguilar y Ravainera, respectivamente.
No habrá testigos con identidad reservada
La fiscalía y el apoderado de los particulares damnificados ofrecieron distintos testimonios --clave para la resolución del caso-- bajo reserva de identidad, aunque el tribunal rechazó una eventual posibilidad de protección.
"A fin de garantizar un mejor orden en el trámite procesal y brindar a los otros intervinientes la posibilidad de saber la identidad de los testigos con mesurada antelación al momento de la deposición, en aras de la igualdad de armas y respecto de las más amplias garantías de la defensa, se impone el deber de la fiscalía de aportar los datos" antes de iniciarse el debate.
"Es que el instituto de la reserva de identidad del testigo ha tenido como primordial fundamento la tutela de la seguridad de los deponentes y si bien los testimonios así receptados permiten guiar al fiscal durante la instrucción, el desarrollo del juicio oral obliga a que esa condición deba ceder ante el valladar del legítimo ejercicio de la defensa", explicaron López Camelo, Cantaro y Burgos.
En el mismo sentido, el tribunal recalcó que "es en este momento cuando habrán de pesarse en la balanza los fundados motivos esgrimidos por la fiscalía para sostener el anonimato de sus testigos y en el otro plato el arsenal garantístico de cada imputado que tiene el derecho de saber sin enmascaramiento toda la prueba de cargo que tiene para replicar".
Fuente: La Nueva Provincia