Servicio Meteorológico Nacional - Coronel Suárez.
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Hechos ocurrido en Suárez.
Condena por exhibiciones obscenas.

Rubén Darío Eberle recibió seis meses de prisión en suspenso tras ser hallado culpable de la conducta desplegada en perjuicio de dos hermanos de 7 y 11 años.
La pena de seis meses de prisión en suspenso recibió un sujeto de Coronel Suárez, hallado culpable de haber realizado exhibiciones obscenas frente a dos hermanos menores de edad.

El fallo, al que se arribó en trámite de juicio abreviado, fue resuelto por el juez en lo Correccional Nº 1, doctor José Luis Ares, y recayó en Rubén Darío Eberle (34).
El magistrado hizo lugar al acuerdo al que arribaron previamente el titular de la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio Nº 9, doctor Sebastián Foglia, y el abogado Rubén José Diskin, contando con la aceptación del imputado.
Las partes aceptaron calificar los hechos como exhibiciones obscenas, en los términos del artículo 129, párrafo segundo, del Código Penal.
Ares dio por acreditado que en una fecha indeterminada, entre julio y agosto de 2009, en una vivienda de calle Congreso al 300, el acusado se masturbó frente a un niño de 7 años que había concurrido a su casa para buscar una película.
Se estableció también que entre mayo y agosto de ese año, en el mismo domicilio, Eberle exhibió y tocó sus genitales ante un menor de 11 años que había llegado hasta el lugar.
Entre las pruebas reunidas el juez tomó en cuenta la denuncia realizada por la madre de los menores, quien manifestó que el 31 de agosto de 2009, cuando se encontraba en su domicilio junto a sus hijos, el mayor de ellos le pidió hablar y le contó lo sucedido.
El niño relató que había concurrido a la casa de Eberle en busca de un amigo y fue atendido por el sospechoso, quien le dijo que el chico no se encontraba y que podía esperarlo mirando una película.
Agregó que el hombre colocó un DVD que contenía escenas eróticas, por lo que el chico intentó retirarse, aunque el acusado se lo impidió y comenzó a masturbarse, diciéndole que nadie debía saber lo que estaba sucediendo.
En determinado momento el individuo se dirigió al baño, por lo que el chico aprovechó para irse del lugar.
El otro menor relató un hecho de características similares, registrado un mes antes.
Dijo que había llegado hasta lo de Eberle a buscar una película y que éste lo invitó a pasar y buscarla mientras él se bañaba.
Poco después el acusado lo llamó desde el baño y al abrir la puerta lo encontró desnudo y tocándose, por lo que rápidamente se retiró del inmueble.
Las pericias.
En el fallo se indicó que el informe realizado por la perito psicóloga de la fiscalía determinó que en el discurso de los menores no se advirtió tendencia a la fabulación.
En cuanto a la madre de los chicos, la profesional señaló que resulta ser una adulta colaboradora y preocupada por las consecuencias de las distintas situaciones vividas por sus hijos.
En tanto, la pericia psiquiátrica efectuada al imputado determinó que presenta elementos que suelen hallarse en personas acusadas de abuso de la intimidad de terceros.
Se refiere haber hallado tendencia a la distancia afectiva, pobre disposición reflexiva sobre su actuar o las consecuencias sobre el otro, predominio de mecanismos de desmentida, proyección, racionalización y valoración de su imagen frente a los demás.
También se encontró pobre capacidad de discriminación o diferenciación del otro, fallas en la vivencia de la masculinidad, inadecuación de sí mismo, pobreza afectiva en la relación con los demás, y tendencia a ubicarse en el lugar del ideal y afectividad polarizada.
"En consecuencia, y en virtud de la prueba antes analizada, es mi convicción que se encuentra acreditada --fuera de toda duda razonable-- la autoría responsable del causante en los hechos que se le atribuyeran", refirió el fallo.
Por todo ello, se le impuso a Eberle la pena de seis meses de prisión en suspenso y la imposición de reglas de conducta por dos años.
Fuente: La Nueva Provincia.

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